Para constituir una sociedad civil, lo típico, modelo 036, DNI de cada una y un contrato tipo de sociedad civil firmado entre ambas. En el contrato, hay que indicar el nombre de la sociedad civil, los objetivos o actividades, y el porcentaje de beneficios de cada socia.
Por coger un día que fuera fácil recordar, el 23F :-) hicimos la declaración previa de inicio de actividad. Nos fuimos a la Delegación de Hacienda de Guzmán el Bueno. Impresionante....a comprar los formularios, a coger turno y a esperar.
Por suerte, por allí andaban Felipe y Maricarmen, funcionarios de la Delegación, que nos ayudaron muchísimo y al fin conseguimos el CIF!!! Con esto, ya podemos pedir facturas a nombre de la sociedad, y así empezar a imputar los gastos que generemos (dominio web, etc...) para posibles subvenciones o ayudas. Por cierto, ya que estábamos en Hacienda, aprovechamos a solicitar el certificado digital para poder operar telematicamente....
La practica de la sociedad civil es que es muy parecido a un autónomo y esperamos no necesitar gestoría para las cuentas, por que en principio es mucho mas sencillo que una sociedad mercantil. La S.C. factura con IVA, y trimestralmente declara ese IVA (modelo 303). Un vez al año, en Marzo (ver calendario del contribuyente, y no asustarse!!!), la sociedad deberá cumplimentar el modelo 184, que viene a ser la declaración del reparto de beneficios entre las socias. Nosotras, como persona física, declaramos trimestralmente el IRPF con el modelo 130 y hacemos la declaración anual de la renta, como cualquier otra persona, declarando los ingresos de cada una (50% de los beneficios declarados por la sociedad)
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